Venezuela demandada ante la Corte Interamericana por violación de

derechos del estudiante Raúl Díaz

Diciembre 13, 2010

El viernes 10 de Diciembre de 2010, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos anuncio al atardecer que el 12 de noviembre de 2010 sometió a la Corte IDH el caso Raúl José Díaz Peña, respecto de Venezuela

Las razones para demandar al Estado venezolano ante la Corte IDH por el caso del ex preso político venezolano Raúl Díaz son de gran importancia, ya que por primera vez la Comisión solicita a la Corte “.... que tome en consideración los problemas más generales de falta de independencia e imparcialidad de algunas autoridades judiciales y del Ministerio Público en Venezuela, a fin de analizar la forma en que dichos problemas se vieron reflejados en el caso....”, sumándose con ello a denuncias de diferentes organizaciones de derechos humanos y de diferentes gobiernos sobre la ausencia de independencia del Poder Judicial en Venezuela.

En este caso, la Comisión recogió y comprobó nuestras denuncias sobre la actuación de de Fiscales del Ministerio Público, jueces y funcionarios policiales que, sin imparcialidad alguna, actuaban en completa impunidad para violar los derechos humanos de Raúl Díaz.

Además, la Comisión determinó que Raúl Díaz fue víctima de detención ilegal, así como de una prolongada e ilegitima detención preventiva, de la violación al principio constitucional de presunción de inocencia y de deplorables condiciones de reclusión que afectaron su salud.

Como se recordara, Raúl Díaz fue detenido ilegalmente el 25 de Febrero del 2004, en relación a los sucesos de los ataques con explosivos a las sedes diplomáticas de Colombia y España, y el 29 de Abril del 2008 fue condenado a cumplir la pena de nueve (09) años y cuatro (04) meses de presidio, por considerarlo autor responsable de la comisión de los delitos de Agavillamiento (…) Incendio en Inmueble Agravado en grado de facilitador (…) y Ocultamiento de Sustancias Explosivas.

El 13 de Mayo de 2010 opto por una medida sustitutiva de libertad de régimen abierto y posteriormente, tomo en camino del exilio por reiniciarse la persecución en su contra, llegando a los Estados Unidos en Septiembre donde aún permanece.

Esto es lo que dijo la CIDH

El 12 de noviembre de 2010 la CIDH sometió a la Corte IDH el caso Raúl José Díaz Peña, respecto de Venezuela, el cual se relaciona con su detención ilegal y arbitraria y su sometimiento a un régimen de detención preventiva que sobrepasó los límites establecidos en la ley penal, con fundamento en una presunción de peligro de fuga. Durante el tiempo en que permaneció en detención preventiva, Díaz Peña no contó con una revisión judicial efectiva de su situación y fue sometido a un proceso con una serie de irregularidades que tuvieron como consecuencia que el proceso penal durara aproximadamente cinco años y dos meses desde su detención hasta la condena proferida en su contra. Mientras permaneció bajo custodia del Estado, fue sometido a condiciones de detención que tuvieron un grave impacto sobre su salud, sin que recibiera oportunamente la atención médica que requería. La Comisión solicitó a la Corte IDH que se pronuncie sobre la incompatibilidad de la presunción automática de peligro de fuga en la ley para la determinación de la procedencia de la detención preventiva, y que tome en consideración los problemas más generales de falta de independencia e imparcialidad de algunas autoridades judiciales y del Ministerio Público en Venezuela, a fin de analizar la forma en que dichos problemas se vieron reflejados en el caso.

Venezuela Awareness Foundation