Comentarios del Doctor Jesus Inciarte (Abogado defensor del Comisario Mazuco)

Para decirlo de la manera mas concreta posible, el trato que le dio el día lunes pasado al Comisario Sánchez y a los abogados no se le da ni siquiera a los malandros, mucho menos a un detenido que dista años luz de serlo, por esa razón y algunos tecnicismos jurídicos relacionados con la manera de fijar ciertas reglas en la audiencia se decidió recusarla, esa recusación es sobrevenida porque la causal nace luego de iniciada la audiencia, o sea, no existía previamente. A continuación voy a colocar un pequeño fragmento que fue usado entre otros argumentos en para impugnar (apelar) la decisión de la Juez cuando decidió su propia recusación, a la cual haces referencia inteligentemente en tu mensaje:

“…Del mismo modo, observa esta Sala que en relación a que fue la juez quien declaró inadmisible su propia recusación por considerarla extemporánea, se infiere que tal como lo señaló la Corte de Apelaciones, el juez puede declarar inadmisible su propia recusación, sólo si los hechos alegados por el recusante se hubieren producido antes del inicio de la audiencia pública, lo cual en el presente caso no es aplicable, toda vez que, los mismos fueron sobrevenidos al inicio de la referida audiencia, por lo que efectivamente el prenombrado juzgado primero de juicio incurrió en violación constitucional de los derechos del recusante…” (Sentencia N° 1656, de la Sala Constitucional de fecha 19 de agosto de 2004, con ponencia del magistrado Jesús Eduardo Cabrera, exp. N° 03-2213).

Lo anterior es una decisión de la Sala Constitucional del maximo tribunal de nuestro país, y resulta que esta señora que es Juez y por consiguiente debe ser abogada, y está obligada a acatar las decisiones emitidas por dicha sala, o la desconoce o no quiso darle cumplimiento. Creo que el fragmento le viene como anillo al dedo al abuso que se produjo al decidir su propia recusación, ya que la causa por la cual fue recusada, repito, surgió una vez que inicia la audiencia, entonces como podía interponerse una recusación antes de que iniciara el acto, creo que está muy claro, y como dice por allí un periodista "Saquen ustedes sus propias conclusiones".

Lo peor de todo esto, es que como ha venido pasando con todos los recursos que se interponen, es posible que la Corte de Apelaciones a quien corresponda conocer sobre esa apelación, y ojala que esta vez no sea así, va a hacer lo que sea para declarar sin lugar ese recurso.