Se inicia juicio al “chinito” del CAAEZ

 

Diciembre 2, 2008

Luego de dos años y 9 meses meses de la detención -por presentación- del G/B (Ej.) Delfín Gómez Parra, se inicia el día de hoy el juicio en su contra, ante el Tribunal Accidental 17 de Barinas, a cargo de la Juez Angélica Sosa Ruíz. Así lo informó la Asociación Civil Control Ciudadano para la Seguridad, la Defensa y la Fuerza Armada Nacional.

 

Preocupa a Control Ciudadano la ausencia del debido proceso y el evidente trato discriminatorio en contra del G/B (Ej) Gómez Parra, que se ha verificado en este juicio. En efecto llama la atención que dentro de los sancionados por la Asamblea Nacional -al iniciarse las averiguaciones - se encuentra el ex ministro de Agricultura y Tierras y ex presidente de la Junta Directiva del CAAEZ, Antonio Albarrán Moreno, muy allegado a la familia Chávez, quien nunca fue investigado y quien además fue exculpado por el propio presidente Chávez y otros personeros del gobierno. De hecho, hasta la presente fecha ninguno de los directivos y responsables del CAAEZ se encuentra bajo investigado, excepto por el G/B (Ej) Gómez Parra.
Una dimensión particularmente crítica a la luz de la garantía a ser juzgado con respeto del debido proceso es el retardo injustificado en la resolución del caso al que se han visto expuesto el G/B (Ej) Gómez Parra, así como fuertes elementos de sospecha sobre la falta de independencia de los jueces y fiscales que han actuado en su caso hasta la presente fecha.
Más allá de indicar la culpabilidad o inocencia del G/B (Ej) Gómez Parra o la gravedad de las acusaciones en su contra, son inadmisibles las violaciones al debido proceso en su caso: 1.- Falta de imputación formal ante el Ministerio Público, para la posterior solicitud de la orden de aprehensión. 2.- Mas de 2 años con una medida privativa preventiva de libertad, sin que se le haya realizado el Juicio Oral y Público. Actualmente se encuentra detenido en el Centro Penitenciario de los Llanos Occidentales (Cepella), ubicado en la ciudad de Guanare, Estado Portuguesa; y 3.- La emisión de una sentencia pública previa impartida verbalmente por el ciudadano Presidente de la República, en contra de los involucrados en el caso CAEZ, al señalar que “debían ser fusilados