Actualidad  15/06/2010  

Afiuni emitió boleta excarcelación a Cedeño

Confirmado.com.ve


Para dar fe, una vez más, de la trasparencia de la actuación de la Juez Afiuni presentamos copia de la Boleta de Excarcelación, emitida el 10 de diciembre de 2009,  que negó la Fiscal Luisa Ortega Díaz.

La Fiscal no sabía que había una Boleta de Excarcelación
Los procedimientos judiciales ejecutados por la Jueza María Lourdes Afiuni en el caso del empresario Eligio Cedeño están ajustados a derecho, tal como lo han señalado juristas venezolanos de prolongada trayectoria en materia penal y organismos internacionales que han estudiado la causa.
 
Para dar fe una vez más de la trasparencia de la actuación de la Juez Afiuni presentamos a la opinión pública copia de la Boleta de Excarcelación Número 046-09, emitida el 10 de diciembre de 2009, que da constancia de la decisión de otorgarle la libertad al empresario Eligio Cedeño.  Documento que la Fiscal Luisa Ortega Díaz negó su existencia públicamente el pasado 11 de junio. Es importante señalar que todos los documentos que firmaba la doctora Afiuni eran con marcador azul.
 
Señaló expresamente la Fiscal General lo siguiente, según boletín del Ministerio Público: “Para darle libertad a una persona, tiene que existir una boleta de excarcelación y, en este caso, no la hubo en el momento en que Eligio Cedeño salió del tribunal, por lo que resulta válida la acusación realizada por el Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de corrupción propia, abuso de autoridad y favorecimiento para la evasión de detenido”.
 
Actuó a derecho
Afiuni ha sido objeto de "enérgicos pronunciamientos" de la comunidad internacional por parte de organismos como las Naciones Unidas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), la Organización de Estados Americanos (OEA), el Comité Internacional de Juristas, Human Rights Watch (HRW) y la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP).
 
Todo coinciden en señalar que la juez Afiuni actuó a derecho al decidir en el caso del empresario Eligio Cedeño, al aplicar un tratado internacional según el cual una persona que permanezca más de dos años en prisión, sin juicio, debe serle aplicada medida menos restrictiva.
 
Además la juez consideró la opinión del Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU, que recomendó el procesamiento en libertad de Eligio Cedeño, dada la arbitraria prolongación de su cautiverio.
 
La propia Fiscalía reconoció el pasado 17 de mayo, durante la audiencia preliminar que no hubo utilidad económica implicada en la decisión de la jueza María Lourdes Afiuni al otorgarle las medidas cautelares al empresario Eligio Cedeño. Pues no existen pruebas que puedan sustentar esta acusación.
 
De manera que si no hubo un delito de corrupción y existe la boleta de excarcelación y se aplicó el tratado internacional antes mencionado la juez actuó a derecho, por lo que debería estar libre. Más aun como dicen sus abogados se debería anular el caso porque no hay delito.
 
En conclusión el caso de la Juez María Lourdes Afiuni demuestra una vez más, la falta de independencia del poder Judicial Venezolano, que solo responde a los mandatos del inquilino de Miraflores,  quien durante sus alocuciones da la pauta al poder judicial de quien debe estar o no preso.
 
Como en el caso de la Jueza  Afiuni  cuando el  presidente, Hugo Chávez, pidió que se castigara con 30 años de cárcel porque supuestamente permitió la evasión de un empresario. "Habrá que meterle la pena máxima a esta jueza y a los que hagan lo mismo. ¡30 años de prisión pido yo!", dijo Chávez.